Ali Aarrass : Las preguntas escritas presentadas en el Senado por Unidos Podemos

dans AU PARLEMENT/LA PLATAFORMA POR ALI AARRASS par

PREGUNTA ESCRITA

(Artículo 160 del Reglamento del Senado)

AUTOR:   MORA GRANDE, MARÍA ISABEL (GPPOD)

D a MARÍA ISABEL MORA GRANDE Senadora designada por el Parlamento de Andalucía, del GRUPO PARLAMENTARIO UNIDOS PODEMOS- EN COMÚ PODEM- EN MAREA, al amparo de lo previsto en los artículos 160 y 169 del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente pregunta con respuesta escrita:

En cumplimiento del Dictamen del Comité de Derechos Humanos de la ONU de fecha 21/7/2014 relativo a la extradición de Ali Aarrass,

¿Tiene intención el Gobierno Español de cursar una petición formal al Gobierno de Marruecos a fin de solicitarle que permita que Ali Aarrass pueda ser visitado por un médico de su elección y que pueda acceder a su propia historia clínica?

n cumplimiento del Dictamen del Comité de Derechos Humanos de la ONU de fecha 21/72014 relativo a la extradición de Ali Aarrass, ¿tiene intención el Gobierno Español de realizar alguna gestión para que alguna autoridad diplomática española se entreviste con Ali Aarrass a fin de comprobar la veracidad de las informaciones remitidas respecto a su actual situación penitenciaria por el Gobierno de Marruecos?

En cumplimiento del Dictamen del Comité de Derechos Humanos de la ONU de fecha 21/7/2014 relativo a la extradición de Ali Aarrass, ¿tiene intención el Gobierno Español de cursar una petición formal al Gobierno de Marruecos a fin de que se ponga fin a su situación de confinamiento en solitario, se le permita el contacto con otras personas presas, se le proporcione un colchón, se autorice la recepción de paquetes con alimentos ¿en tanto en cuanto ha perdido 18 kilos desde que, en octubre de 2016, fue trasladado a la prisión de Tiflet ll- y se autorice la recepción de utensilios y productos necesarios para su higiene personal?

En cumplimiento del Dictamen del Comité de Derechos Humanos de la ONU de fecha 21/7/2014 relativo a la extradición de Ali Aarrass, ¿tiene intención el Gobierno Español de cursar una petición formal a fin de que el Gobierno de Marruecos permita un monitoreo sobre las condiciones de detención de Ali Aarrass por parte del cónsul belga, de sus abogados belgas y del Observatorio Marroquí de Prisiones (OMP)?

En lo sucesivo, ¿tiene intención el Gobierno de España de acceder a las solicitudes de entrevista e información realizadas a diversas administraciones públicas españolas ¿Ministerio de Justicia, Oficina de Derechos Humanos del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación- por el abogado del Sr. Aarrass en España D. José Luis Galán Martín?

En cumplimiento del Dictamen del Comité de Derechos Humanos de la ONU de fecha 21/7/2014 relativo a la extradición de Ali Aarrass, ¿tiene intención el Gobierno de España de cursar una petición formal a fin de que, dado el gravísimo deterioro de la salud de Ali Aarrass y del grave deterioro de la salud de su padre, residente en Melilla, el Sr. Aarras sea trasladado a una prisión más cercana a la de residencia de su familia?

¿Tiene el Gobiemo de España la intención de aprobar el Segundo Plan de Derechos Humanos y de acoger así el mandato contenido en las Observaciones Finales del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas sobre el sexto informe periódico de España sobre el cumplimiento del Pacto Intemacional de Derechos Civiles y Políticos?

¿Ha completado el Gobiemo de España el procedimiento específico de implementación de los dictámenes adoptados por el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en aplicación del Protocolo Facultativo del Pacto Intemacional de Derechos Civiles y Políticos a que se refiere el referido Comité en sus Observaciones Finales sobre el Sexto Informe periódico de España aprobadas por el Comité con fecha 20/7,2015? En caso de contestación negativa, ¿cuál es la razón de dicha falta de implementación y cuál la previsión temporal para acoger la indicada observación del Comité?

¿Por qué razón, hasta la fecha, el Gobierno Español no ha compensado económicamente a Ali Aarrass, desatendiendo así el Dictamen del Comité de Derechos Humanos de la ONU de fecha 21/72014? ¿Cuál es la previsión temporal del Gobierno Español para proceder a dicha compensación?

¿Por qué el Gobiemo de España no ha accedido en ningún momento a las solicitudes de entrevista realizadas a diversas administraciones públicas españolas ¿Ministerio de Justicia, Oficina de Derechos Humanos del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación- por el abogado del Sr. Aarrass en España D. José Luis Galán Martín?

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